‘Oversharing’, los riesgos de compartir datos personales en Internet

El 28 de enero se ha establecido como el Día Internacional de la Privacidad de la Información. Desde Mamitech queremos analizar el ‘Oversharing’ que es el hecho de compartir datos e información en Internet en exceso. Este es un fenómeno cada vez más común entre los menores. Pensad que los niños y niñas de menos de 11 años están realizando una media de 26 publicaciones diarias en redes. Y no solo eso, el 45% de los menores de entre 9 y 16 años posee un perfil en al menos una red social, porcentaje se dispara hasta el 83 % en la franja de 15 a 16 años.

Y más datos interesantes según una encuesta realizada por Internet Matters: solo el 46% de los menores saben cambiar la configuración de privacidad. De media, consiguen unos 100 o más seguidores en cada red, pero menos de la mitad de estos followers son amigos en la vida real. Es decir, son desconocidos. Suplantación de identidad, pornografía infantil y secuestro son algunos de los riesgos a los que se exponen los menores al compartir información personal en Internet.

Cerca del 85% de los hogares españoles disponen de conexión a la red y alrededor de 7 de cada 10 de menores de 15 años disponen de teléfono móvil, según datos de la Agencia Española de Protección de Datos.

Las nuevas tecnologías y las redes sociales se han convertido en enormes herramientas de comunicación, pero un mal uso de ellas podría acarrear consecuencias negativas sobre todo entre los más pequeños. Llevo 15 años al frente de mis redes sociales. He visto de todo. Mis hijos han nacido con ellas. Mi tarea ahora es que sepan hacer un buen uso.

Compartir información y datos personales en redes sociales se ha convertido en una práctica muy habitual para la mayor parte de la población y aún más entre los jóvenes. Os contaré a modo de ejemplo que el otro día veía un directo en la plataforma de streaming Twitch y el menor que lo realizaba compartía su escritorio y en él había todo tipo de información y ventanas sobre su vida diaria.

Esta sobreexposición de contenido se conoce como ‘oversharing’, que proviene del término inglés “over” (sobre) y “sharing” (compartir), y es un fenómeno que arrasa entre los menores que no tienen tanto miedo como los que venimos de la Generación X.

Radiografía de los menores en Internet

La empresa Qustodio ha realizado una radiografía del uso que hacen los menores con sus datos en Internet y de los riesgos que implica compartir información personal en línea.

Un 45 % de los menores de entre 9 y 16 años poseen un perfil en al menos una red social, porcentaje se dispara al 83 % en la franja de 15 a 16 años, según el estudio Net Children Go Mobile. Además, el Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe) alerta de que solo el 46% saben cambiar la configuración de privacidad y apenas un 40 % son capaces de bloquear ventanas emergentes.

Indicar la ubicación, compartir futuros planes o difundir su número de teléfono móvil son algunas de las prácticas más comunes entre los jóvenes en Internet.

Entre los riegos más comunes a los que se exponen los menores destacan: la suplantación de identidad recogido en el Código Penal como delito de usurpación de identidad (regulado en el artículo 401) y que se entiende como la acción que consiste en la falsedad de una persona al fingir ser otra, delito por el que se podría establecer una pena de prisión de 6 meses a 3 años; pornografía infantil (artículo 189 Código Penal) mediante la captación, uso o distribución de material con menores o personas con algún tipo de problema podría suponer una pena de cárcel de entre 1 y 5 años; y los secuestros (artículo 164 Código penal) en el que la pena depende de si piden o no rescate y del tiempo que dure el mismo.

Una vez que se publica un contenido en la red hay que entender la perpetuidad de esta en la red, si bien la normativa de privacidad intenta establecer un derecho al “olvido”, es difícil de aplicar y hacer que plataformas eliminen tus datos. A largo plazo las consecuencias pueden afectar incluso a su entorno laboral. InfoJobs afirma que el 50% de las empresas españolas consulta las redes sociales de los candidatos a una vacante antes de tomar la decisión de contratar.

No hay que olvidar que la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental y está avalada por el artículo 8, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el artículo 16, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), e implementado a nivel normativo por el RGPD y la ley orgánica de protección de datos y garantías de derechos digitales. Cualquier tratamiento de datos personales de un menor necesita su consentimiento (si es mayor de 14) o sino él de sus padres o tutores.

Y, para aquellos casos en los que se difunden fotografías, vídeos o audios de contenido sexual o violento a través de Internet sin el consentimiento de las personas afectadas, los afectados pueden solicitar su retirada en el Canal Prioritario puesto en marcha por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Maria Jose Cayuela

La tecnología llegó para salvarnos la vida y ayudarnos en nuestro día a día, pero también nos preocupa cuando no se hace un buen uso de la misma. En este blog os presentaré los artilugios tecnológicos más geeks pero también hablaremos de redes sociales, de internet, de educación y de todo lo que nos preocupa y rodea a la tecnología cuando no es educativa.

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